Te ayudamos a saber si tienes que cumplir con la Prevención de Riesgos Laborales y cómo puedes cumplir con ella:
- Autónomos/as Sin personal contratado, en este caso NO tenemos la necesidad de disponer de una organización que se encargue de la PRL, de tener una evaluación de riesgos ni un plan de prevención de riesgos. No obstante si tienes dudas, puedes contar con nuestro asesoramiento.
- Autónomos/as Sin personal contratado pero que tienen que cumplir con la normativa sobre coordinación de Actividades empresariales. Si colaboras con otras empresas o tienes que trabajar en las instalaciones de alguna que así lo exija, quizá tengas que aportar información en materia de Prevención de Riesgos, Reconocimientos médicos, formación, o aquellos requisitos que te demanden. En este caso, puedes contar con nuestro asesoramiento. Consúltanos sin compromiso.
- Autónomos/as Con personal contratado. En este caso SÍ tenemos la necesidad de implantar la PRL. En este caso tendremos las mismas obligaciones que una empresa. Pero hay diferentes opciones que podrás adaptar en función del número de plantilla, tipo de actividad, etc. Puedes contar con nuestro asesoramiento para adaptar la prevención a tu situación. Consúltanos sin compromiso.